La Sala de lo Social del Tribunal Supremo, en sentencia de 21 de febrero de 2023, ha declarado procedente el despido de un conductor de autobús por dar positivo en cocaína en un control rutinario. Los magistrados subrayan que, aunque el conductor no presentase una conducción temeraria, y el control fuese azaroso, el hecho de dar positivo y conducir un transporte público es lo suficientemente grave como para avalar el despido.
En la instancia se consideró que el despido del conductor había sido improcedente porque no había prueba alguna de que la conducción hubiera estado afectada por las drogas: no hubo maniobras extrañas ni tampoco ningún accidente de tráfico.
Sin embargo, el Supremo considera proporcional la medida de despido adoptada porque se consumió cocaína a sabiendas que iba a conducir un autobús de transporte de pasajeros, lo que supone asumir un riesgo de que tal ingesta le provocase una alteración en sus condiciones y aptitudes respecto de la seguridad vial, – riesgo que aceptó-. Además, supuso un perjuicio para la empresa que se vio en la necesidad de trasladar otro conductor, con la pérdida del servicio, deterioro de la imagen de la compañía y perturbaciones para los usuarios.
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