El Tribunal Supremo absuelve del delito de falsificación de moneda a un hombre que estafó 5.000 euros en máquinas del metro.
El sujeto utilizaba unas piezas metálicas del mismo grosor y diámetro que las monedas de 2 euros.
Introducía las piezas en las máquinas expendedoras y luego pulsaba el botón de anulación de la operación consiguiendo así que la máquina le devolviera una moneda de 2 euros de curso legal.
La operación la repitió cientos de veces hasta lograr estafar, al menos, 5000 euros.
En primera instancia fue condenado a 6 años y 6 meses de prisión por un delito de falsificación de moneda en concurso medial con un delito continuado de estafa.
Sin embargo, el Supremo ha estimado parcialmente el recurso del acusado y le absuelve del delito de falsificación de moneda, manteniendo la condena sólo por el delito de estafa con una pena sustancialmente inferior de 4 meses de prisión.
El Supremo explica que el delito de falsificación de moneda exige que la moneda imitada sea lo suficientemente parecida a la original como para engañar a una persona media y, por tanto, ha de ser idónea para su utilización como medio de pago.
En el caso analizado, las piezas metálicas utilizadas por el acusado no tenían la más mínima similitud con una moneda de curso legal -salvo el grosor y el diámetro- por lo que, en ningún caso, existía riesgo de confusión.
En conclusión, la Sala señala que para que exista el delito de falsificación de moneda no es suficiente con engañar a la máquina -delito de estafa que se confirma- sino también a las personas.
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