¿Quién es el falso autónomo?

Los falsos autónomos son trabajadores que están inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos pero que realizan sus servicios para una empresa como si fueran trabajadores por cuenta ajena. En definitiva, es una persona que a pesar de trabajar en una relación de dependencia para la empresa, tal y como lo vendría haciendo un trabajador por cuenta ajena bajo un contrato laboral, es obligado por dicha empresa a darse de alta en régimen de autónomo.

Se denominan así porque, aunque se les considera autónomos, es una situación falsa, ya que no poseen autonomía en su trabajo, sino que dependen de las directrices que se impongan por parte del empresario o la dirección de la empresa y actúan como empleados.

¿Influye esta situación en sus derechos?

En esta situación el trabajador (falso autónomo) advertirá cómo sus derechos, comparados con los de un trabajador por cuenta ajena, son reducidos al mínimo. Trabajará lo mismo que si lo hiciera por cuenta ajena pero no disfrutará de ningún derecho asociado a convenios ni al Estatuto de los Trabajadores. Así pues no tendrá derecho ni a vacaciones, ni a días de asuntos propios, ni a seguridad social… El empresario podrá despedirlo de forma inmediata  sin justificación alguna y sin pagarle finiquito y además sin derecho a percibir una adecuada prestación por desempleo.

El falso autónomo no posee un contrato laboral con la empresa, por lo que no tiene una nómina, sino que cobra su trabajo a través de la realización de facturas para la empresa. Además, este trabajador deberá pagar su cuota de autónomos mensual y realizar sus declaraciones de IRPF e IVA, mientras que la empresa se ahorrará todo los gastos de cotización a la Seguridad Social por el trabajador.

Por otro lado, este trabajador no tiene derecho a la aplicación de ningún tipo de Convenio Colectivo ni del Estatuto de los Trabajadores que rige los derechos laborales de los trabajadores inscritos en el Régimen General. Su trabajo se rige por el derecho civil y mercantil como todos los autónomos, con la pérdida de prestaciones que eso conlleva.

¿Es legal? ¿Quién se beneficia/perjudica de esta situación?

La figura del falso autónomo además de ser la más precaria del panorama laboral es ilegal y se va extendiendo cada vez más en algunos ámbitos empresariales al ser muy beneficiosos para las empresas ya que, de esta forma, se ahorran grandes cantidades de dinero en la Seguridad Social. Por su parte, los trabajadores son los grandes perjudicados con este tipo de trabajos. Los falsos autónomos poseen todas las desventajas y obligaciones fiscales de los trabajadores autónomos y, además, tienen muchas complicaciones para acceder a algunos de sus derechos.

Debido al fraude de los falsos autónomos el Estado, y por ende todos, pierde al año más de 500 millones de euros anuales al ahorrarse las empresas los costes de la Seguridad Social y asumir el trabajador su cotización pagando la cuota mensual de autónomos. Este fraude ha crecido considerablemente durante los años de crisis, ya que las empresas buscaban por todos los medios reducir gastos, pero sabemos que cuando la empresa se aprovecha de unos beneficios de los que ha venido disfrutando, es difícil que cambie su “modus operandi” a la hora de contratar y renuncie a ellos, aún cuando su situación de crisis haya sido superada.

¿Por qué han proliferado los falsos autónomos?

La tarifa plana ha sido determinante para que las empresas insten a los trabajadores a que se den de alta como autónomos. De esta manera, en lugar de servir para fomentar el emprendimiento, ha acabado siendo una salida para que las empresas ahorren costes a la hora de contratar personal. 

¿Hay alguna salida?

Si. Porque, en definitiva, en las relaciones contractuales «los contratos son lo que son, y no lo que las partes dicen que sean». Es decir, no importa que se diga que un trabajador es autónomo si desempeña su trabajo en las mismas condiciones que un trabajador por cuenta ajena, más esta situación habrá que resolverla en los Tribunales.

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