Sobrinos políticos y sucesiones

El Tribunal Supremo  resuelve el polémico tema  respecto al acceso a las bonificaciones del Grupo III del Impuesto sobre Sucesiones a los sobrinos políticos. Así pues las Administraciones que no aplicaban la bonificación  tendrán que modificar sus criterios para evitar al contribuyente litigios innecesarios. Las resoluciones de algunos tribunales y de la Dirección General de Tributos  deberán ser  adaptadas al criterio del TS al dictarse como unificación de doctrina.
Queda así este asunto zanjado:  los sobrinos por afinidad en la tributación de herencias no serán tratados como extraños sino como colaterales de tercer grado por afinidad .

 

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