Sobrinos políticos y sucesiones
El Tribunal Supremo resuelve el polémico tema respecto al acceso a las bonificaciones del Grupo III del Impuesto sobre Sucesiones a los sobrinos políticos. Así pues las Administraciones que no aplicaban la bonificación tendrán que modificar sus criterios para evitar al contribuyente litigios innecesarios. Las resoluciones de algunos tribunales y de la Dirección General de Tributos deberán ser adaptadas al criterio del TS al dictarse como unificación de doctrina.
Queda así este asunto zanjado: los sobrinos por afinidad en la tributación de herencias no serán tratados como extraños sino como colaterales de tercer grado por afinidad .