Los chats de WhatsApp de grupos son infinitos
Hoy la forma más habitual de comunicarnos es a través de los chats del WhatsApp y formar grupos. Tenemos grupos de familiares, compañeros de trabajo, padres del colegio de tus hijos, tutores y alumnos, amigos, celebraciones, asuntos de trabajo… pero
¿Qué pasa si te añaden a uno de estos sin permiso previo?
Añadir a personas sin su consentimiento puede tener sanciones económicas según una reciente resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en la que sanciona a un club deportivo, con una multa de 4.000 euros por agregar su número de teléfono a un grupo de WhatsApp sin pedirle su autorización.
La multa por esta infracción administrativa puede ascender hasta los 20 millones de euros.
¿Se aplica en todos los casos?
NO, no es aplicable en el ámbito personal, en este caso no hay penalización.
“Los únicos casos en los que pueden multarte, son aquellos en los que quién comete la infracción es una empresa, un profesional o la Administración Pública (ayuntamiento o colegio)”, puntualiza la resolución.
En el caso de la Administración tan solo se realiza “una sanción de apercibimiento”, es decir, se declara que se ha vulnerado la normativa de protección de datos, ya que a la Administración no se la puede sancionar con multas económicas por infracciones de la normativa de protección de datos. La Administración siempre se salva de pagar.
“A veces es difícil distinguir si estamos ante un ámbito doméstico o no.
Si el coordinador del grupo, pertenece al ámbito de la Administración o empresa, como los profesores, entraría en juego la normativa de protección de datos”.
En definitiva, ¡ojo con la espontaneidad!. Muchos de los actos cotidianos y rutinarios pueden llevarnos a cometer una infracción. ¡Qué mundo éste al que estamos llegando! Vigilados y sancionados. En aras de la seguridad nos limitan la libertad.
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